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Objeción de Conciencia

'Ninguna ley humana puede hacer bueno lo que es moralmente malo'

Por Miguel Vázquez

Los más fuertes atentados contra la vida se están dando sorprendentemente en el campo de la medicina. El aborto voluntario, la eutanasia, la contracepción, la reproducción artificial y la manipulación de embriones son posibles únicamente con la cooperación de los profesionales de la salud. Quienes no están de acuerdo con estas prácticas se ven presionados por las leyes que pretenden obligarlos a actuar en contra de su conciencia.

"A través de grandes campañas ideológicas, los ataques contra la vida son presentados a la sociedad como 'derechos'. Dado que estas prácticas son realizadas por algunos miembros de la comunidad médica, son más fácilmente aceptadas socialmente debido a la tradicional autoridad científica y moral que se nos atribuye a los médicos", dijo el Dr. Gilberto Cota, y agregó: "Desafortunadamente estos ataques contra la vida son finalmente legalizados.

"En los últimos 50 años se ha venido dando una inversión de las leyes en relación al valor de la vida. Si en épocas pasadas el aborto directo era castigado, hoy se pretende que sea reconocido como un derecho humano básico, al incluirlo entre los llamados derechos reproductivos", dijo.

"Estamos viviendo lo que muchos han llamado 'crisis de legalidad'. Esto es el divorcio entre la ley y la moral. En este panorama, los profesionales de la medicina, médicos, enfermeras, estudiantes y otros colaboradores, nos enfrentamos a situaciones de conflicto entre nuestra conciencia moral y las obligaciones impuestas por la ley".

Continuó: "Los países donde se legalizan determinados procedimientos que atentan contra la dignidad de la persona y van contra los mismos principios éticos, deben prever la posibilidad de la objeción de conciencia, y en ningún caso debe haber sanciones para los objetores".

La objeción de conciencia representa una forma de desacuerdo no violento, que se manifiesta en el rechazo individual a la obediencia de una ley por motivos fundamentalmente éticos y religiosos.

"La objeción se presenta cuando a un profesional de la salud se le solicita por parte del paciente un procedimiento que es legal de acuerdo a la ley civil y al cual estaría obligado profesionalmente, pero que en su conciencia lo percibe como ilícito desde el punto de vista ético", explico.

Emanada del Concilio Vaticano II, la constitución pastoral Gaudium et Spes en el Texto 16 dice: "En lo más profundo de su conciencia descubre el hombre la existencia de una ley que él no se dicta a sí mismo, pero a la cual debe obedecer, y cuya voz resuena, cuando es necesario, en los oídos de su corazón, advirtiéndole que debe amar y practicar el bien y que debe evitar el mal: haz esto, evita aquello. Por que el hombre tiene una ley escrita en el corazón, en cuya obediencia consiste la dignidad humana y por la cual será juzgado personalmente".

Explicó Cota: "En algunos países como Italia, España, Francia los Códigos de Ética Médica reconocen el derecho de la objeción de conciencia. La objeción de conciencia se enmarca dentro del derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión".

El artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos dice: "Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia".

Ante la aparición de leyes abortistas en diversos países, la Iglesia Católica en múltiples exhortaciones a recordado a los Estados su deber de reconocer y consentir el derecho a la objeción de conciencia y a los profesionales de la salud el deber de la objeción de conciencia. En México específicamente, en la carta pastoral pronunciada por los obispos mexicanos en marzo del 2000, Llamada del Encuentro con Jesucristo a la Solidaridad Todos, en el punto 301 solicita: "Reconocer explícitamente el derecho a la objeción de conciencia. A nadie se puede obligar a actuar en contra de sus convicciones en materia política, religiosa o moral siempre y cuando queden a salvo los legítimos derechos de los demás...".

S.S. Juan Pablo II, en el Evangelio de la Vida instruye: "Frente a una ley que se ponga directamente en contraste con el bien de la persona, que reniegue incluso de la persona en sí misma, suprimiendo su derecho a vivir, el cristiano acordándose de las palabras del Apóstol San Pedro en presencia del Sanderín: 'Es necesario obedecer a Dios antes que a los hombres', no puede sino oponer su civilizado pero firme rechazo".

"Sobre todo para los creyentes, la objeción de conciencia es una obligación", dijo Cota. "Dios creó al hombre a su imagen y semejanza. El hombre es de naturaleza social y es así como nace la sociedad. Con la sociedad se originó el Estado y la ley civil. Pero cuando la ley civil se aparta de la ley natural, pierde su razón de ser, pues no está ya en defensa y promoción de los valores fundamentales de la persona humana, de su origen.

"Así pues, de acuerdo a la tradición católica, la ley civil encuentra su fundamento en su adecuación con la ley natural. La ley civil debe garantizar, defender o promover, aquellos valores que se hacen necesarios para la convivencia civil, entre ellos, indudablemente, la defensa de la vida humana inocente desde su concepción hasta su muerte natural. De esta forma el rechazo de realizar o cooperar en una acción contra la vida, es rechazo a cumplir una ley perversa, lo cual es obligatorio.

"Ninguna ley humana puede hacer bueno lo que es moralmente malo. El rechazo también es un signo de resistencia y contestación al abuso de autoridad y de llamada a mantenerse en sus límites. De este modo se presta un servicio a favor de la corrección del derecho y de la civilidad", enfatizó.

Desde el punto de vista jurídico, la objeción de conciencia es un problema de choque de intereses y derechos. Por una parte la libertad personal de pensamiento y religión y por la otra los principios de obediencia a las leyes y de orden público. Desde la perspectiva de la objeción de conciencia, esta debe ser vista como un fino ajuste jurídico, basado en los derechos humanos.

"A manera de conclusión podemos decir que frente al aborto, la eutanasia, y otros actos contra la vida frecuentemente legalizados, surge la obligación por nuestra parte, de oponer la objeción de conciencia por tratarse de acciones éticamente inaceptables y por parte de la legislación de reconocerla como parte del derecho humano de la libertad de pensamiento, conciencia y religión", comentó.

Y prosiguió: "Actualmente la Comisión Nacional de Bioética está preparando un Código Deontológico Médico ( Código de deberes morales) que regule el ejercicio de nuestra profesión. Sin embargo, e independientemente de ello, un grupo de médicos que radicamos en Mexicali hemos empezado a trabajar junto con la Coalición de Grupos a Favor de la Vida y el Padre José F. Álvarez en un proyecto cuya finalidad es el reconocimiento legal del derecho de objeción de conciencia para los estudiantes y profesionales de la salud en Baja California. Las personas que deseen colaborar con el proyecto pueden ponerse en contacto con nosotros a través de correo electrónico cf_bc@yahoo.com.

La vocación médica es un don de Dios a favor de la vida, es nuestro deber responder a este llamado precisamente en estos tiempos, inmersos en la Cultura de la Muerte, debe brillar a través de nosotros el amor de Dios a la vida", puntualizó el Dr. Cota.